Código de Ética ignius con base a la ICF (International Coaching Federation)
Sección 01. Responsabilidad con los Clientes
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El Coach se compromete a explicar al Coachee, desde la primera reunión, la naturaleza y el valor potencial del coaching, los límites de la confidencialidad y los términos financieros acordados para el servicio.
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Antes de iniciar los servicios, el Coach creará un acuerdo que defina los roles, responsabilidades y derechos de todas las partes involucradas, incluidas las del Coachee y patrocinadores (si aplica).
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El Coach se compromete a mantener la confidencialidad estricta de toda la información proporcionada por el Coachee, excepto en casos donde sea requerido por la ley o exista riesgo de daño inminente.
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El Coach garantiza que la información compartida entre las partes será clara, precisa y gestionada de manera confidencial.
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El Coach se asegurará de que el Coachee comprenda las circunstancias en las que la confidencialidad no podrá ser mantenida (actividad ilegal, orden judicial, peligro inminente).
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En situaciones donde el Coach sea empleado de la organización, administrará los conflictos de interés de manera ética, dialogando con todas las partes involucradas.
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El Coach se compromete a manejar los registros, archivos y comunicaciones del Coachee de manera confidencial y segura, respetando todas las leyes aplicables.
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El Coach se compromete a estar alerta ante cualquier indicio de cambio en el valor recibido por el Coachee en la relación de coaching, sugiriendo ajustes o alternativas si es necesario.
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El Coach respetará el derecho del Coachee o patrocinadores a terminar la relación de coaching en cualquier momento, sujeto a las disposiciones del acuerdo.
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El Coach será consciente de las implicaciones de tener múltiples relaciones contractuales con el Coachee o patrocinadores, evitando conflictos de interés.
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El Coach manejará cualquier diferencia de poder o estatus entre él y el Coachee que pueda surgir debido a aspectos culturales, psicológicos o contextuales.
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El Coach informará al Coachee sobre cualquier compensación o beneficio que pueda recibir de terceros por la relación de coaching.
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El Coach garantiza mantener la misma calidad de coaching sin importar la forma de compensación acordada.
Sección 02. Responsabilidad en la Práctica y Desempeño
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El Coach se compromete a adherirse al Código de Ética de la ICF en todas sus interacciones. En caso de identificar una violación del Código, tomará las acciones apropiadas para resolverlo.
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El Coach se asegurará de que todo el personal de apoyo siga los principios del Código de Ética de la ICF.
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El Coach se compromete a mantener un alto nivel de excelencia mediante el desarrollo continuo, tanto personal como profesional y ético.
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El Coach reconocerá sus propias limitaciones y buscará apoyo o suspenderá la relación de coaching cuando estas puedan afectar su desempeño.
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El Coach abordará cualquier conflicto de interés con las partes pertinentes y, de ser necesario, finalizará la relación profesional.
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El Coach mantendrá la privacidad de la información de contacto de los Miembros de ICF, usándola únicamente de acuerdo con lo autorizado por la ICF.
Sección 03. Responsabilidad con el Profesionalismo
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El Coach representará con precisión sus calificaciones, competencias y credenciales de ICF en todas sus comunicaciones.
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El Coach proporcionará información verdadera y precisa sobre los servicios de coaching que ofrece, los valores de ICF y el valor potencial del coaching.
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El Coach creará conciencia entre aquellos que necesiten conocer sus responsabilidades éticas, comunicando el contenido del Código de Ética cuando sea necesario.
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El Coach se compromete a establecer y respetar límites apropiados y culturalmente sensibles en sus interacciones.
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El Coach no se involucrará en relaciones sexuales o románticas con el Coachee ni patrocinadores, manteniendo siempre una relación profesional.
Sección 04. Responsabilidad con la Sociedad
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El Coach se compromete a evitar la discriminación en todas las actividades y operaciones, respetando las normas locales y culturales, así como promoviendo la inclusión y equidad.
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El Coach respetará la propiedad intelectual de terceros, reconociendo las contribuciones de otros y reclamando propiedad solo sobre su propio material.
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El Coach realizará investigaciones dentro de los estándares científicos reconocidos y en el marco de su competencia, siendo honesto en la presentación de los resultados.
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El Coach se compromete a ser consciente del impacto de sus acciones y las de su Coachee en la sociedad, promoviendo el bienestar a través de sus decisiones.